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Entre la normativa que regulaba estos libros se encuentra un Real Decreto de 24 de enero de 1841. En los registros de nacidos se anotaba de cada niño lo siguiente: número de orden dentro de cada año, día, hora y lugar de nacimiento (población, calle, número y cuarto), si era legítimo o expósito, el nombre, pueblo y provincia de sus padres y abuelos, la profesión del padre, la parroquia en la que era bautizado, y la firma del alcalde y del secretario municipal. En la caja FH2535 se conservan las "Notas dadas por los curas párrocos y establecimientos públicos de los nacidos, casados y muertos en el año 1848". Buen estado de conservación.
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TOLEDO, DEMOGRAFÍA, POBLACIÓN, REGISTRO CIVIL, NACIMIENTOS, 1855, 1856
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